Sentencia N° 300 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0300, Exp. 04-1076, 14/04/2005
Expediente04-1076
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de abril de 2005, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, anulando el fallo del Juzgado Superior que había declarado desistido el recurso de apelación. La Sala argumentó que el Juzgado Superior había aplicado erróneamente el artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, lo que vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso de la parte apelante. Se ordenó reponer la causa al estado en que el Tribunal Superior competente dicte nueva decisión sobre el fondo del asunto.

Extracto de la motiva

La sentencia proferida por el Juzgado Superior, en fecha 16 de junio del año 2003, en su parte pertinente expresa: 'Cumplidos como fueron todos los actos y formalidades en esta Superioridad, a los fines de la tramitación del recurso interpuesto, se observa tal y como efectivamente consta en el presente expediente que la parte apelante no presentó prueba alguna que le favoreciera e informe en la oportunidad legal señalada ante esta Alzada, contenida en el Artículo 73 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo que nada indica sobre la falta de fundamentación, sin embargo esta Juzgadora procede a aplicar supletoriamente la normativa contenida en el Artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia aplicable al regular el procedimiento en segunda instancia que ante ella se ventila que dispone: '...(Sic)... dentro del término el apelante no presentare el escrito en el lapso indicado se considerará que ha desistido de la apelación y así lo declarará de oficio la Corte a la Instancia de la otra parte......'.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandante. Por consiguiente, ANULA el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay en fecha 16 de junio del año 2003, de conformidad con el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se REPONE la causa al estado en que el Juzgado Superior que resulte competente dicte nueva decisión, pronunciándose sobre el fondo del asunto planteado.

Palabras clave

recurso de control de la legalidaddesistimientoderecho a la defensadebido procesoprocedimiento laboralLey Orgánica de TribunalesCódigo de Procedimiento Civil

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