Sentencia N° 30 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 30, Exp. 02-586, 06/02/2003
Expediente02-586
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-02-06
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia de divorcio. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha diecinueve (19) de septiembre del año 2002 y venció el treinta (30) de octubre del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, dictada en el juicio que por DIVORCIO, sigue el ciudadano JOSÉ RAMÓN GONCALVES MEJÍAS contra la ciudadana HAIDE SERRAO DE SOUSA DE GONCALVES.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, dictada en el juicio que por DIVORCIO, sigue el ciudadano JOSÉ RAMÓN GONCALVES MEJÍAS contra la ciudadana HAIDE SERRAO DE SOUSA DE GONCALVES. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

casaciondivorcioprocedimiento civilcostasperecidorecursojuzgadosentencia

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