Sentencia N° 296 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0296, Exp. 08-031, 13/03/2008
Expediente08-031
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2008-03-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Táchira. La parte demandada alegó que la sentencia impugnada era contraria al orden público, pero la Sala consideró que no se incurrió en violaciones de normas de orden público o de la jurisprudencia reiterada, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada que la sentencia impugnada es contraria al orden público, por cuanto se ordenó pagar conceptos ya cancelados y de los cuales existe prueba suficiente en autos. Agrega que la Alzada no realizó una motivación clara del por qué declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, ni mencionó que se había solicitado una prueba de cotejo, mediante escrito de fecha 9 de julio de 2007. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2007, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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