Sentencia N° 293 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0293, Exp. 04-1536, 14/04/2005
Expediente04-1536
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, quien había apelado una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que declaró desistido su recurso de apelación. La Sala establece que el recurso es inadmisible, dado que se trata de una sentencia interlocutoria que no puede ser objeto de este tipo de impugnación, conforme a la doctrina establecida en decisiones anteriores.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 20 de febrero de 2003, expresó que “...este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley para ello.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 29 de septiembre de 2004. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para la continuación de la audiencia.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de apelaciónsentencia interlocutoriacontrol de la legalidadadmisión de pruebasderecho laboraljurisprudencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca