Sentencia N° 292 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 292, Exp. 02-100, 16/05/2002
Expediente02-100
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-05-16
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente. El recurso fue presentado fuera del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del recurso el 5 de febrero de 2002 y venció el 21 de marzo del mismo año. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso debido a esta falta de formalización dentro del término legal.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de enero del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano JORGE JOSÉ TORRES DURÁN contra el ciudadano RAFAEL RAMÓN GUÉDEZ MÉNDEZ.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diecisiete (17) de enero del año 2002. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

casacionprestaciones socialescobrolapsoprocedimiento civiladmisibilidadrecursoparte recurrente

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