Sentencia N° 291 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 291, Exp. 02-038, 16/05/2002
Expediente02-038
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-05-16
DecisiónImprocedente por extemporáneo

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un reclamo presentado por los apoderados de la empresa CADAFE, quienes alegaron irregularidades en la notificación de una sentencia que les impidió ejercer el recurso de casación. El tribunal revisó la situación y determinó que el reclamo fue presentado de manera extemporánea, ya que se había superado el plazo legal para su interposición. Por lo tanto, se declaró improcedente el reclamo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que los reclamantes manifestaron que ante los errores e irregularidades cometidas en la notificación a su representada de la sentencia recurrida, dictada fuera del lapso legal, se les impidió ejercer ante la alzada el recurso de casación. Se planteó al Tribunal de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Estado Yaracuy la remisión del expediente al Juzgado de Alzada, pero ante la falta de pronunciamiento, anunciaron el recurso de casación directamente ante el A-quo. El Juez de Alzada negó la admisión del expediente, lo que llevó a la formalización del recurso de casación ante el Supremo Tribunal. La Sala concluyó que el Tribunal de Alzada incurrió en una conducta que obstaculizó la admisión del recurso de casación, lo que dio lugar al presente reclamo.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE POR EXTEMPORÁNEO el reclamo presentado. No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de este fallo. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.

Palabras clave

reclamonotificaciónrecurso de casaciónimprocedenciaextemporáneoirregularidadesjurisprudencia

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