Sentencia N° 290 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0290, Exp. 12-1088, 13/03/2014
Expediente12-1088
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-03-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Centro Clínico Casanova, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda de la ciudadana María Isabel Lizarralde Montesinos por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que no se configuraron los vicios alegados por la parte recurrente, manteniendo la naturaleza laboral de la relación entre las partes y la correcta aplicación de las normas procesales por parte del juez de alzada.

Extracto de la motiva

La parte recurrente no señala en qué medida el Juez Superior alteró el equilibrio procesal causándole indefensión, ni especifica cuál habría sido la forma procesal quebrantada por el Juez de alzada, tampoco si la audiencia de juicio o la audiencia de apelación se llevaron a cabo sin el cumplimiento de formas esenciales para su validez. Por el contrario, se pudo apreciar que en el presente caso hubo una correcta sucesión de actos procesales, en los que la parte demandada pudo presentar los alegatos a su favor, ejercer defensas y promover pruebas, con estricto apego a las normas adjetivas previamente establecidas en la Ley.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Centro Clínico Casanova, C.A., contra la sentencia publicada en fecha 21 de junio de 2012 por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesrelación laboralcasación

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