Sentencia N° 290 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0290, Exp. 12-1729, 14/05/2013
Expediente12-1729
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-05-14
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad y acción de amparo cautelar interpuesto por la sociedad mercantil Federal Mogul de Venezuela, C.A. contra una providencia administrativa del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. La Sala examinó la competencia para decidir el recurso de apelación y determinó que corresponde a los tribunales laborales conocer de las acciones de nulidad contra decisiones administrativas de dicho Instituto.

Extracto de la motiva

Con el propósito de examinar la competencia de esta Sala de Casación Social para decidir el recurso de apelación sometido a su conocimiento, se observa que la Sala Plena de este alto Tribunal, en sentencia N° 27 del 26 de julio de 2011 (caso: Agropecuaria Cubacana C.A.), dejó sentado que corresponde a los órganos jurisdiccionales con competencia en materia laboral, el conocimiento de las acciones de nulidad ejercidas contra las decisiones administrativas dictadas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, 'pues lo relevante para determinar cuál es el juez natural que ha de conocer este tipo de pretensiones no es la naturaleza del órgano del cual emana sino la naturaleza jurídica de la relación'. Ello fue fundamentado, esencialmente, en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, y en el cambio de criterio de la Sala Constitucional, sostenido en fallo N° 955/2010, con respecto a la competencia de los tribunales laborales para conocer de las demandas contra los actos administrativos dictados por las Inspectorías del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la abogada Indira Falcón, en representación de la sociedad mercantil Federal Mogul de Venezuela, C.A, contra la sentencia dictada en fecha 14 de noviembre del año 2012, por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Valencia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Superior antes mencionado, a los fines legales consiguientes.

Palabras clave

apelacióndesistimientofundamentaciónprocedimientoadministrativo

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