Sentencia N° 290 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 290, Exp. 01-473, 16/05/2002
Expediente01-473
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2002-05-16
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Social se pronunció sobre una solicitud de regulación de competencia presentada por un grupo de docentes interinos contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. La solicitud surgió tras la declaración de incompetencia del Tribunal de Carrera Administrativa, que remitió el caso a un Juzgado de Primera Instancia del Trabajo. La Sala consideró que no había conflicto negativo y que la regulación debía ser decidida por el Tribunal Superior correspondiente, declinando así su competencia a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.
Extracto de la motiva
La presente solicitud de regulación de competencia surge como consecuencia de una querella contra la supuesta conducta omisiva del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, incoada por un grupo de docentes, ya identificados, quienes ejercen funciones como docentes interinos, y solicitan se les declare el derecho que tienen a adquirir el carácter de docentes ordinarios, y en consecuencia sean nombrados como titulares de los cargos que actualmente ocupan en los siguientes institutos educativos: Escuela G.E. Dr. Raúl Cuenca, Escuela Rural Nº 474, Instituto G. B. El Guayabo, Instituto NER-NUC Escuela Rural, Instituto C. C. Benito Puche e Instituto J. I. Irma Dávila, ubicados en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia. El artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, dispone que la solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aun en los casos de los artículos 51 y 61 eiusdem, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En el caso bajo análisis, se observa que el Tribunal de Carrera Administrativa, se declaró incompetente y declinó el conocimiento de la causa en un Juzgado de Primera Instancia del Trabajo. En virtud de esta decisión, la parte actora solicita la regulación de la competencia.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para decidir la solicitud de regulación de la competencia presentada. En consecuencia, declina el conocimiento del presente asunto a la CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO para que la resuelva. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
regulacion de competenciaconducta omisivadocentes interinosdeclaracion de incompetenciatribunal superiorcorte contencioso administrativo