Sentencia N° 29 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de febrero de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0029, Exp. 14-1235, 24/02/2015
Expediente14-1235
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-02-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Barinas. La Sala argumentó que la decisión recurrida era interlocutoria y no ponía fin al juicio, por lo que el recurso no era procedente. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es inadmisible cuando se presenta contra decisiones interlocutorias, ya que el agravio puede ser reparado en la sentencia definitiva.

Extracto de la motiva

Preliminarmente, debe esta Sala precisar si son recurribles por control de la legalidad, las sentencias proferidas por los Tribunales Superiores del Trabajo, en una incidencia presentada, en virtud del recurso de apelación ejercido contra los autos que deniegan la admisión de un medio probatorio. Advirtiéndose, que dicho auto conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es impugnable mediante recurso de apelación oído a un solo efecto, siendo la decisión dictada por el Tribunal Superior que resulte competente para decidir la misma, expresamente no recurrible en casación. Ahora bien, la naturaleza jurídica de dicha sentencia es interlocutoria por cuanto no pone fin a la controversia ni pone fin a la instancia, cuyo gravamen puede ser recurrible con la definitiva. Sobre el particular, es menester resaltar que ha sido criterio reiterado, que el recurso de control de la legalidad es inadmisible cuando se proponga contra aquéllas decisiones de naturaleza interlocutoria emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, ello, en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues la violación que eventualmente éstas produzcan, puede repararse en el fallo definitivo, recurrible este último ante esta Sala, a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 14 de julio de 2014. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.

Palabras clave

control de la legalidadsentencia interlocutoriareconstrucción de hechosorigen ocupacionalindemnizacióntrabajo

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