Sentencia N° 29 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0029, Exp. 11-1491, 02/02/2012
Expediente11-1491
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-02-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Marcos Arellano contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Mérida. La decisión se basa en que la sentencia impugnada no violenta normas de orden público y se ajusta a derecho. Se destaca que el recurrente alegó incongruencias en la decisión del tribunal de alzada, pero el análisis del caso concluyó que no se evidencian vicios que justifiquen la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: El recurrente manifiesta en su escrito que la decisión impugnada violenta normas de 'estricto orden público', en tanto que evidencia incongruencia e inmotivación; por lo que solicita la admisión y procedencia del recurso de control de la legalidad ejercido, así como también que 'se ordene la reposición de la causa al estado que sea necesario, para que la presente acción sea juzgada a derecho y debido proceso'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de fecha 4 de octubre de 2011. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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