Sentencia N° 29 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 29, Exp. 02-574, 06/02/2003
Expediente02-574
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-06
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala, en virtud de lo anterior, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha veintisiete (27) de septiembre del año 2002 y venció el cinco (5) de noviembre del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha treinta (30) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictada en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos MARISELA COLMENARES VELÁZQUEZ, MARÍA CELINA GARCÍA SÁNCHEZ, MARÍA YOLANDA GONZÁLEZ, NANCY JOSEFINA ABREU, AURA MERCEDES ABREU, RAMÓN ELÍAS ZERPA, OMAR ENRIQUE ROMERO, CARLOS ENRIQUE TEJADA, ANDRÉS VEGAS RANGEL, ESCOLÁSTICO MENDOZA RAMÍREZ, LUIS JOSÉ ROJAS y SEBASTIANA MACHADO contra ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha treinta (30) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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