Sentencia N° 289 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0289, Exp. 19-115, 08/08/2019
Expediente19-115
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2019-08-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisibles los recursos de casación interpuestos por ambas partes en un juicio por cobro de acreencias laborales. La decisión se basa en que la cuantía de las pretensiones no cumple con el mínimo requerido para acceder a este medio extraordinario de impugnación. La Sala revoca el auto de admisión proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo, argumentando que la pretensión de los accionantes es inferior a la cuantía exigida.
Extracto de la motiva
En consecuencia, si bien los recursos de casación interpuestos por ambas partes fueron anunciados tempestivamente y en el caso de la empresa accionada con escrito ajustado a los parámetros formales exigidos en la ley, no obstante, el requisito de cuantía para pretender tal medio extraordinario no se encuentra satisfecho, de conformidad con lo previsto en el dispositivo supra transcrito, razón por la cual resulta forzoso para esta Sala declarar su inadmisibilidad, y por ende se procede a revocar el auto de admisión proferido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE los recursos de casación interpuestos por la representación judicial de la parte actora y la parte demandada, contra la sentencia publicada en fecha 6 de marzo de 2019, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas; y SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el aludido juzgado de alzada, en fecha 20 de marzo del mismo año, mediante el cual se admitió el referido recurso.