Sentencia N° 284 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0284, Exp. 14-1732, 30/04/2015
Expediente14-1732
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-04-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Matadero Industrial Centro Occidental, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo que inhabilitó a su abogado, argumentando que este tenía una inhibición declarada en un expediente anterior. La Sala analizó la aplicación del artículo 44 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la pertinencia de su aplicación en el contexto de un procedimiento contencioso administrativo.
La Sala concluyó que la inhabilitación del abogado fue correcta, dado que se fundamentó en una declaratoria de inhibición previa, y que la aplicación de la ley laboral era pertinente en este caso. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente, confirmando la decisión del Juzgado Superior.
Finalmente, se condenó en costas a la parte recurrente, de acuerdo con lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente en este contexto.
Extracto de la motiva
El presente caso se contrae a un recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte accionante contra el pronunciamiento proferido por el Juzgado Superior del Trabajo, que conforme con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, “excluyó” a uno de los apoderados judiciales de la parte accionante, el abogado Heimold Antonio Suárez Crespo, motivado en el hecho de que “tiene inhibición declarada en el expediente N°KH09-X-2013-122” y en consecuencia consideró que “el prenombrado profesional no deberá realizar actuación alguna en esta fase”. Ahora bien, el artículo 44 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, norma utilizada por la recurrida para fundamentar su decisión, señala: Artículo 44. No serán admitidos a ejercer la representación o asistencia de las partes en el proceso, quienes estén comprendidos con el Juez del Trabajo en alguna o algunas de las causales expresadas en el artículo 31 de esta Ley, que hubieren sido declaradas existentes con anterioridad en otro proceso, el cual será indicado por el Juez del Tribunal en su pronunciamiento de oficio o a solicitud de parte. La norma transcrita, establece la facultad que tiene el juez de pronunciarse de oficio o a solicitud de parte, respecto de la inhabilidad de un abogado para actuar en el proceso, siempre que esté comprendido en una de las causales de inhibición o recusación previstas en el artículo 31 eiusdem, declaradas existentes previamente en otro proceso, texto que reproduce en el proceso laboral lo dispuesto en el primer aparte del artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, norma que es de aplicación supletoria en las causas de la jurisdicción contencioso administrativa laboral, por mandato del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Matadero Industrial Centro Occidental, C.A., contra la decisión publicada el 2 de junio de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, cuya aplicación supletoria deriva del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Palabras clave
inhabilitaciónabogadojuezderecho a la defensajurisdicción laboralLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimiento Civil