Sentencia N° 282 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0282, Exp. 06-122, 08/03/2007
Expediente06-122
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su ponencia a cargo del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado sin lugar la apelación de la parte demandada y había confirmado la decisión de primera instancia en relación a la jubilación y prestaciones sociales.
La Sala declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, argumentando que la sentencia recurrida era susceptible de un recurso extraordinario de casación, lo que impedía la procedencia del control de la legalidad. La decisión fue adoptada en nombre de la República y por autoridad de la ley, y se publicó y registró conforme a los procedimientos establecidos.
Finalmente, se destacó que la Magistrada Betty Josefina Torres Díaz no firmó la decisión debido a su ausencia en la audiencia pública correspondiente.
Extracto de la motiva
Visto que en el presente caso la sentencia recurrida a través de este medio excepcional de impugnación es susceptible del recurso extraordinario de casación, y en razón de que la misma parte que interpuso este recurso anunció recurso de casación, esta Sala declara inadmisible el recurso de control de la legalidad incoado por la parte demandada contra el fallo de fecha 19 de diciembre del año 2005, dictado por el Juzgado Superior Segundo Para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada en contra de la decisión dictada en fecha 19 de diciembre del año 2005, emanado del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.
Palabras clave
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