Sentencia N° 277 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de julio de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 277, Exp. 23-148, 06/07/2023
Expediente23-148
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-07-06
DecisiónProcedente la segunda fase del avocamiento solicitado.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la segunda fase del avocamiento solicitado por la sociedad AGROGANADERÍA GV, C.A., en el juicio por cumplimiento de contrato e indemnización de daños. Se evidencia un desorden procesal y violaciones al debido proceso que generaron indefensión a la parte demandada. Se ordena la nulidad de la decisión anterior y se reponen las actuaciones al estado de notificación de las partes para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
Como consecuencia del particular anterior se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 473.599,10), por la falta de cumplimiento del contrato suscrito, ya que la parte accionante dejó de percibir ganancia neta de producción, lo que para ese momento representaba un equivalente de CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS UN DÓLARES AMERICANOS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (USD. 113.301,22), monto que fue calculado prudencialmente en su momento en base a un referencial de la divisa extranjera Dólar Americano, establecida por el Banco Central de Venezuela, al momento de realizar el pago definitivo, una vez quede firme y ejecutoriado el presente fallo. Como consecuencia del particular TERCERO del presente fallo, se ordena la realización una experticia complementaria una vez, quede firme la presente decisión a los fines de evidenciar la corrección monetaria para la fecha con el objeto de cumplir con la indemnización correspondiente hasta que la parte perdidosa cumpla efectivamente con las condenatorias del presente fallo, estableciendo este Juzgado, que si dicho pago es realizado en moneda extranjera queda sin efecto la realización de la corrección monetaria.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE LA SEGUNDA FASE DEL AVOCAMIENTO SOLICITADO. SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA Y SE DEJA SIN EFECTO JURÍDICO ALGUNO, la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2022, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, que declaró con lugar la demanda, y que corre inserta a los folios 134 al 148 de la pieza uno del expediente principal signado con el número 649-21, así como SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de todas las actuaciones posteriores al día 17 de octubre de 2022, exclusive. TERCERO: SE REPONE la presente causa al estado de NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES, para continuar con la sustanciación del proceso, en los términos ya ordenados en este fallo.