Sentencia N° 277 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0277, Exp. 04-1410, 14/04/2005
Expediente04-1410
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2005-04-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que la ley prohíbe la interposición de recursos contra decisiones en incidencias de inhibición o recusación. Se enfatizó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
En el caso sub iudice, se aprecia que la Juez de Alzada luego de constatar una serie de errores procedimentales y conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasó a pronunciarse sobre la incidencia de inhibición propuesta por la Juez Séptima de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en tal sentido declaró la misma sin lugar, ordenado la remisión del expediente a su Tribunal de origen. En este sentido, resulta preciso señalar lo que expresamente dispone el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual es del siguiente tenor: “No se oirá recurso alguno contra las decisiones que se dicten en la incidencia de recusación o inhibición”. (Cursivas de la Sala) De lo anteriormente expuesto esta Sala concluye que al existir una disposición legal que expresamente niega la interposición de cualquier recurso contra las decisiones que se dicten en las incidencias de inhibición o recusación, el recurso de control de la legalidad interpuesto en el presente caso resulta inadmisible, al resolver la decisión recurrida una inhibición. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 25 de agosto de 2004, emanada del Juzgado Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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