Sentencia N° 275 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0275, Exp. 15-1092, 07/04/2017
Expediente15-1092
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-04-07
DecisiónDecaimiento del objeto
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por Josybert Mayelin Rodríguez Carballo contra la decisión del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Carabobo, que declaró perecido el recurso de apelación. La Sala admitió el recurso y analizó la situación de las medidas cautelares solicitadas por la parte actora, concluyendo que estas no pueden ser consideradas como fines en sí mismas, sino como instrumentos para garantizar la eficacia del juicio principal.
Se determinó que, al haberse dictado una sentencia definitiva en el juicio principal, el objeto del recurso de control de la legalidad había decaído. Por lo tanto, la Sala declaró el decaimiento del objeto del recurso interpuesto, reafirmando la importancia del debido proceso y la defensa en el marco de las medidas cautelares.
Finalmente, la decisión fue publicada y se ordenó el registro y remisión del expediente al tribunal de origen, reafirmando la autoridad de la Sala en la administración de justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
La característica esencial de las medidas cautelares es su instrumentalidad, en el sentido que ellas no son nunca fines en sí mismas ni pueden aspirar a convertirse en definitivas; instrumentalidad también en el sentido de ayuda y auxilio al juicio principal, pues si la causa se extingue, bien porque se declaró judicialmente la perención de la instancia o porque el accionante desistió, las medidas decretadas pierden su eficacia y desaparecen junto con el juicio principal incoado, al no poder cumplir su finalidad que es la de asegurar la ejecutoriedad de la sentencia definitiva. Conforme con lo anterior, al haberse dictado sentencia definitiva en el juicio principal, esta Sala concluye que en el caso sub examine ha decaído el objeto del recurso de control de la legalidad incoado por la ciudadana Josybert Mayelin Rodríguez Carballo contra la sentencia de fecha 7 de agosto de 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que declaró perecido el recurso de apelación por haberse excedido en el número de folios en el escrito de formalización. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de control de la legalidad propuesto por la ciudadana Josybert Mayelin Rodríguez Carballo, contra la sentencia de fecha 7 de agosto de 2015, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de origen.
Palabras clave
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