Sentencia N° 273 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de febrero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0273, Exp. 05-1587, 13/02/2006
Expediente05-1587
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-02-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 13 de febrero de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Danilo de Jesús Ferreira Govea contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Mérida. La decisión se fundamenta en que la sentencia impugnada se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala.

Extracto de la motiva

El recurrente señala, que “la recurrida es violatoria de normas de orden público y de Derecho Social del Trabajo”, indicando la infracción de los artículos 12, 206 y 207 del Código de Procedimiento Civil referidos al principio de igualdad de las partes y preclusión de los actos procesales. Como sustento del anterior señalamiento, se indica que la parte accionada no concurrió en la oportunidad correspondiente a dar contestación a la demanda, y cuando se presenta a juicio solicita la reposición de la causa para poder contestar la pretensión, siendo acordada por el tribunal de la causa. En esa oportunidad trae a los autos una transacción celebrada entre el actor y la accionada, aún y cuando, ya había precluido el lapso para alegar y demostrar la existencia de tal acuerdo. También se indica que se infringe el artículo 1395 del Código Civil, en razón de que no se tomaron en consideración, todos los requisitos para la existencia de la figura de la cosa juzgada. Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por la recurrente, así como la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público ni la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 02 de agosto de 2005. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialescontrol de la legalidadcosa juzgadaprincipio de igualdadpreclusiónderecho laboral

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