Sentencia N° 272 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de abril de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 272, Exp. 24-076, 11/07/2024
Expediente24-076
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-04-16
DecisiónSe Homologa el desistimiento

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la parte actora, Marie Elena Colina Sierraalta, contra la decisión del Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala homologó el desistimiento del recurso y de la acción de partición y liquidación de comunidad concubinaria, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. La decisión se fundamenta en la normativa que permite al demandante desistir de la demanda en cualquier estado del proceso, y se destaca que el desistimiento es irrevocable, incluso antes de su homologación. Se condena en costas a la parte actora recurrente, de acuerdo con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Finalmente, se ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen para los fines legales correspondientes.

Extracto de la motiva

motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por la parte actora ciudadana MARIE ELENA COLINA SIERRAALTA, contra la decisión dictada el 24 de enero de 2024, por el Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia; SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción por motivo de partición y liquidación de comunidad concubinaria, interpuesta por la mencionada ciudadana. Se condena en costas de la demanda y del recurso a la parte actora recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable supletoriamente de conformidad con lo previsto en el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la

Dispositiva

PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por la parte actora ciudadana MARIE ELENA COLINA SIERRAALTA, contra la decisión dictada el 24 de enero de 2024, por el Juzgado Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia; SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción por motivo de partición y liquidación de comunidad concubinaria, interpuesta por la mencionada ciudadana.

Palabras clave

desistimientocasaciónprotección de niñoscomunidad concubinariacostasjusticia

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