Sentencia N° 270 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de abril de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0270, Exp. 14-1532, 29/04/2015
Expediente14-1532
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-04-29
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Dorsy Gabriela Anzola Ramírez. La decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado sin lugar la demanda, fue confirmada al declarar perecido el recurso de casación por falta de formalización por parte de la parte actora. La Sala argumentó que, aunque el recurso fue anunciado en forma tempestiva, no se presentó el escrito de formalización correspondiente dentro del lapso establecido.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de la distancia para la formalización del recurso de casación comenzó a transcurrir el 29 de octubre de 2014, día siguiente al auto de admisión del recurso de casación y venció el día 22 de noviembre del mismo año, incluyendo el término de distancia correspondiente a cinco (5) días, por estar situado el Tribunal en el estado Nueva Esparta, verificándose que la representación judicial de la parte actora no formalizó el recurso. Tampoco se evidencia, de la lectura de la diligencia de fecha 21 de enero de 2014, presentada por el abogado Rafael Figueroa, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, que en la oportunidad de ejercer el recurso de casación haya esgrimido los fundamentos del mismo, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de estos, considerándose como una formalización anticipada del recurso, conforme a lo establecido en la sentencia de la Sala Constitucional N° 1.350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Precisado lo anterior, se observa que la representación judicial de la parte actora anunció el recurso de casación en forma tempestiva, sin embargo, no consignó escrito de formalización, razón por la cual se declara perecido el recurso de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 14 de enero de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. No se condena en costas al recurrente, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recurso de casacióncobro de prestacionestrabajojurisdicción laboralformalizaciónprocedimiento

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