Sentencia N° 269 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de abril de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 269, Exp. 02-009, 25/04/2002
Expediente02-009
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2002-04-25
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala de Casación Social conoce de la solicitud de regulación de la competencia en un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Benito Raúl Ruiz Bermúdez. El Tribunal de la Carrera Administrativa se declaró incompetente y remitió el expediente a esta Sala. Sin embargo, se determina que la competencia para decidir corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, por lo que esta Sala se declara incompetente para decidir la solicitud.

Extracto de la motiva

El artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, dispone que la solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aun en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En el caso analizado se observa que el Tribunal de la Carrera Administrativa se declaró incompetente para conocer del recurso de nulidad y contra esa decisión se interpuso solicitud de regulación de la competencia, razón por la cual, el Tribunal anteriormente mencionado, remitió el expediente a esta Sala de Casación Social. Ahora bien, en aplicación de la primera parte del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil antes referido, la competencia para decidir la solicitud de regulación de la competencia corresponde al Tribunal Superior de aquel que dictó la decisión, es decir, a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, por tener atribuida la competencia funcional, resultando esta Sala incompetente para decidir la solicitud de regulación de competencia interpuesta.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para decidir la solicitud de regulación de la competencia presentada y declina el conocimiento en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a fin de que decida la solicitud de regulación de la competencia presentada. Déjese copia certificada para el archivo de esta Sala.

Palabras clave

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