Sentencia N° 266 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0266, Exp. 11-1240, 10/05/2013
Expediente11-1240
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-05-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de mayo de 2013, confirmó la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por los demandantes y sin lugar el de los demandados. La controversia se centró en la falta de notificación a uno de los demandados y la admisibilidad de la demanda tras un desistimiento previo. La Sala determinó que no se infringió el derecho a la defensa, ya que el representante legal de la empresa demandada fue debidamente notificado.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el formalizante denuncia la infracción por el sentenciador de alzada del artículo 215 del Código de Procedimiento Civil y 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, expone que la sociedad de comercio STUMAR HOTELES INTERNACIONAL, C.A. fue condenada sin que se hubiese admitido la demanda en su contra, ni notificada para ejercer su derecho a la defensa. Sin embargo, la Sala concluye que el ciudadano Manuel Rodríguez Díaz, quien funge como el Presidente de la empresa, fue debidamente notificado, enterándose de la existencia del procedimiento, lo que no infringe el derecho a la defensa de la parte demandada.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 05 de agosto del año 2011 emanada del Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 05 de agosto del año 2011 por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónderecho a la defensanotificaciónadmisibilidad

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