Sentencia N° 261 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2022

TSJ/SCS, Sent. N° 261, Exp. 22-041, 28/11/2022
Expediente22-041
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2022-11-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

En el proceso de partición de bienes de la comunidad hereditaria, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, confirmó la decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Mario José Milito Hernández. La Sala determinó que la propiedad del bien objeto de la partición no pertenecía a la comunidad hereditaria, ya que el de cujus se había desprendido de ella en vida, transfiriéndola a la empresa Embotelladora Terepaima C.A.

Extracto de la motiva

Ha sido criterio reiterado de la Sala, que la sentencia adolece del vicio de inmotivación por haber incurrido el juez en silencio de pruebas, cuando éste omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, que consta en las actas del expediente, y cuando, a pesar de haber mencionado su promoción y evacuación, el juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla. En todo caso, para que sea declarado con lugar el vicio in commento, las pruebas promovidas y evacuadas por la parte en la oportunidad legal correspondiente, y silenciadas total o parcialmente en la sentencia recurrida, deben ser relevantes para la resolución de la controversia, ello en aplicación del principio finalista de la casación, esto es, evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución. (Énfasis de esta Sala).

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora ciudadano MARIO JOSÉ MILITO HERNÁNDEZ contra la decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, del 9 de diciembre de 2021; se CONFIRMA la decisión impugnada.

Palabras clave

partición de bienescomunidad hereditariarecurso de casación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca