Sentencia N° 261 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0261, Exp. 08-084, 11/03/2008
Expediente08-084
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2008-03-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala argumentó que no se incurrió en violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Además, se destacó que la decisión no conlleva condenatoria en costas debido a su naturaleza.

Extracto de la motiva

En el caso concreto denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público y la jurisprudencia de esta Sala, establecida en la sentencia de fecha 10 de mayo de 2005, caso E.M. González contra C.A. Editora El Nacional, en relación con el lapso de prescripción de la acción para demandar diferencias en el pago de las utilidades, pues, en su criterio, en el presente asunto, el lapso para demandar las diferencias reclamadas, comenzaron a computarse todos los primeros de marzo de cada año, en virtud de que el cierre económico de la empresa es el 31 de diciembre de cada año, y no a partir de la terminación de la relación de trabajo, motivo por el cual, considera que las diferencias solicitadas se encuentran prescritas. En segundo lugar señaló que la recurrida ordenó el pago de la diferencia salarial demandada por la actora, porque en su criterio el salario no se le canceló de acuerdo con el mínimo establecido, sin apreciar que los recibos de pago evidencian que la accionante no laboraba jornada completa. Al respecto, de una revisión de los alegatos planteados en el presente recurso, de la sentencia recurrida, de la forma como fue contestada la demanda y de las pruebas documentales que cursan en autos, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de apelacióncontrol de legalidadjurisprudencia laboralprescripción de la accióndiferencias salarialesorden público

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