Sentencia N° 261 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 261, Exp. 03-468, 24/03/2004
Expediente03-468
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-03-24
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 24 de marzo de 2004, declara desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto por José Euclides Palma Figuera contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se fundamenta en la no comparecencia de la demandada a la audiencia pública y en la normativa aplicable de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No se impone condenatoria en costas debido a que la sentencia recurrida es anterior a la entrada en vigencia de la norma que lo contempla.
Extracto de la motiva
La Sala, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo establecido en el artículo 178 eiusdem, declara DESISTIDO el referido recurso de control de la legalidad solicitado y admitido contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de octubre del año 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el procedimiento que por calificación de despido sigue el ciudadano JOSÉ EUCLIDES PALMA FIGUERA contra ESTACIÓN DE SERVICIO MASSOBRIO S.A.
Dispositiva
La Sala, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo establecido en el artículo 178 eiusdem, declara DESISTIDO el referido recurso de control de la legalidad solicitado y admitido contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de octubre del año 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Palabras clave
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