Sentencia N° 260 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de abril de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0260, Exp. 14-1685, 28/04/2015
Expediente14-1685
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-04-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Carlos Alejandro Cartagena, quien impugnó una decisión del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandada y sin lugar la demanda contra la Asociación Cooperativa Línea de Taxis Mercado Guaicaipuro R.L. y José Rodolfo Torres Torres. La Sala determinó que no se incurrió en violación de normas de orden público laboral, ya que la decisión del tribunal inferior se basó en los alegatos y pruebas presentadas en el proceso. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, argumentando que no se evidenció la transgresión del Estado de Derecho ni de las disposiciones legales invocadas por el recurrente. Finalmente, la Sala declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto, sin condenatoria en costas, y ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L., expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho. En el caso sub examine manifiesta el recurrente que la recurrida vulneró normas de orden público laboral, concretamente, los artículos 59 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al condenar al accionante al pago de las costas, sin considerar que, para el momento de la terminación de la relación de trabajo, el accionante devengaba menos de tres (3) salarios mínimos.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

control de la legalidadrecursos laboralesdecisión inadmisible

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