Sentencia N° 260 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0260, Exp. 08-1820, 10/03/2009
Expediente08-1820
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Felipe José Molleda González contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia. La decisión de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la sentencia de primera instancia que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales.
La Sala consideró que la sentencia impugnada no incurrió en infracción de normas de orden público ni en violaciones a la doctrina jurisprudencial, por lo que se declaró inadmisible el recurso. Se enfatizó que la revisión de decisiones por esta vía es extraordinaria y debe restringirse a casos donde se violenten derechos fundamentales o normas de orden público.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente la infracción del artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por la errada interpretación y utilización de la sana crítica por parte del juez de alzada, quien desechó las testimoniales de los ciudadanos René Arguello y Migdalia Cordero sin argumentar cuáles fueron los hechos que justificaron la conclusión a la cual arribó. Una vez analizado el asunto planteado, esta Sala de Casación Social previa revisión de la sentencia impugnada considera que la misma no incurre en la infracción denunciada ni en violaciones de normas con carácter de orden público o de la reiterada doctrina jurisprudencial, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, en consecuencia, de conformidad con la potestad discrecional establecida en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 7 de octubre de 2008, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
inadmisibilidadcontrol de la legalidadprestaciones socialesderecho laboral