Sentencia N° 258 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 258, Exp. 22-102, 16/07/2025
Expediente22-102
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-07-16
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Martha Elena Malavé contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La sentencia de primera instancia había desestimado la acción de deslinde judicial, confirmando la decisión del tribunal inferior. La Sala concluye que la parte recurrente no cumplió con los requisitos establecidos para la formalización del recurso, lo que impide su admisión.
Extracto de la motiva
motivaciones siguientes: I DEL RECURSO DE CASACIÓN En su escrito, la parte recurrente solo hizo mención al artículo 313 ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil, en el cual fundamentó la denuncia del recurso de casación y alegó que existía un error de interpretación, sin indicar la norma que presuntamente violó el Juzgado de Alzada, limitándose únicamente a señalar lo que a continuación se transcribe: “(…) SEGUNDO REQUISITO ARTÍCULO 317 NUMERAL 2 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Considera quien aquí suscribe, que las dos juzgadoras erraron en la interpretación y la aplicación del derecho con relación al juicio de deslinde judicial, toda vez que tal como se consagra en el artículo 313 en su numeral 2, toda vez que allí queda claramente consagrado: ‘...Que cuando se haya incurrido en un error o
Dispositiva
PRIMERO: PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la ciudadana MARTHA ELENA MALAVÉ, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia transitoria en el estado Delta Amacuro, con sede en Maturín, el 7 de febrero de 2022, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la prenombrada ciudadana contra la sentencia dictada el 30 de agosto de 2021, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la referida Circunscripción Judicial, con sede en Maturín, que declaró sin lugar la acción de deslinde judicial; SEGUNDO: FIRME la precitada decisión.