Sentencia N° 258 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0258, Exp. 11-232, 17/03/2011
Expediente11-232
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-03-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo del estado Zulia. La sentencia recurrida había declarado con lugar la apelación de la parte demandada, anulando la sentencia anterior que había declarado parcialmente con lugar la demanda por incomparecencia de la demandada a la audiencia preliminar. La Sala argumentó que el recurso era inadmisible, ya que se trataba de una sentencia interlocutoria emanada de un Juzgado Superior Laboral, y conforme a criterios establecidos en decisiones anteriores, tales recursos no son procedentes. Se destacó que las causas del retraso en la audiencia preliminar fueron justificadas y que cualquier violación podría ser reparada en la sentencia definitiva. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el fallo recurrido declaró justificadas las causas del retraso en la asistencia a la prolongación de la audiencia preliminar y ordenó se continúe la celebración de la audiencia preliminar; razón por la cual es una sentencia interlocutoria emanada de un Juzgado Superior Laboral, y conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, parcialmente trascrita, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión de fecha 20 de enero de 2011, dictada por Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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