Sentencia N° 256 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0256, Exp. 09-042, 10/03/2009
Expediente09-042
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-03-10
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de marzo de 2009, declara perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandada, EL JARDÍN AL AIRE, C.A., debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido. La apelación original había sido confirmada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar la demanda respecto a las codemandadas EL JARDÍN DE LA CUADRA, C.A. e INVERSIONES SOCHULOS, C.A., y parcialmente con lugar la demanda contra EL JARDÍN AL AIRE, C.A.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En el caso de autos la demandada recurrente anunció su recurso de casación oportunamente, pero no formalizó el mismo, siendo que el lapso de veinte (20) días para la formalización del recurso de casación venció el 16 de diciembre de 2008, razón por la cual esta Sala, en aplicación de los artículos antes indicados, considera perecido el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 18 de noviembre de 2008 por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en las costas del recurso a la recurrente codemandada EL JARDÍN AL AIRE, C.A. de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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