Sentencia N° 2545 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2545, Exp. 07-1284, 14/12/2007
Expediente07-1284
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Se establece que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido, lo que conlleva a su inadmisibilidad. Además, se impone una multa de sesenta unidades tributarias a la parte recurrente por su conducta procesal censurable.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Ahora bien, a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, es menester destacar que en sentencia N° 609 de fecha 4 de junio de 2004 (caso: Marcial Gerardo Orozco Ordóñez contra Kilómetro Cero, C.A.), esta Sala dejó establecido que el lapso para interponer el recurso de control de la legalidad se computa a partir de la publicación del fallo, independientemente que el mismo haya sido dictado antes del vencimiento del lapso que consagra la ley para sentenciar.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2007, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Se impone a la recurrente multa de sesenta unidades tributarias (60 U.T.), y a tal efecto, se ordena al Tribunal de la causa, expedir la correspondiente planilla de liquidación para ser pagado en una Oficina Receptora de Fondo Nacionales dependiente del Ministerio de Finanzas.
Palabras clave
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