Sentencia N° 252 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de marzo de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0252, Exp. 17-579, 23/03/2018
Expediente17-579
PonenteSÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-03-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por Iris Nahir Yépez Salas, en representación de sus hijos, contra la decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La decisión recurrida había ordenado continuar con la ejecución de una sentencia definitiva en un juicio de partición de herencia.
Extracto de la motiva
Es por ello, que en aplicación del principio de impugnabilidad objetiva del recurso de casación, el fallo dictado por el Tribunal Superior que ordenó continuar con la tramitación de la fase ejecutiva en el presente juicio de partición y liquidación de comunidad hereditaria, no admite el recurso de casación, como erróneamente fue anunciado por la representación judicial de la parte actora. Así se establece. En atención a tales consideraciones, esta Sala debe declarar inadmisible el recurso interpuesto por la parte actora recurrente, contra la decisión de fecha 22 de mayo de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare. En consecuencia, se revoca el auto de admisión de fecha 31 de mayo de 2017 dictado por la alzada. Así se decide.
Dispositiva
INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana IRIS NAHIR YEPEZ SALAS, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos PEDRO BIASUTTO YÉPEZ, actualmente mayor de edad y la adolescente G.R.B.Y. contra la decisión de fecha 22 de mayo de 2017 dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, y revoca el auto de admisión dictado por la alzada de fecha 31 de mayo de 2017.