Sentencia N° 2514 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2514, Exp. 07-2228, 14/12/2007
Expediente07-2228
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Venancio Graterol Urquiola, quien alegó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso en el juicio de cobro de prestaciones sociales. La Sala determina que no se trató de una negativa de la prueba de informes solicitada, sino que el recurrente no alegó motivos justificados para su incomparecencia a la audiencia de juicio, lo que llevó a la aplicación del desistimiento de la acción por parte del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el propio recurrente señala, en su argumentación, que no se trata de la negativa de la prueba de informes solicitada, por lo tanto mal podía denunciar que la recurrida infringió el artículo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto dicha norma no fue aplicada por la Jueza de alzada. No obstante, de la revisión de la sentencia impugnada, se constató que la misma se encuentra ajustada a derecho, pues, el actor manifestó que sabía de la audiencia de juicio fijada, aunado a que no alegó motivos justificados de incomparecencia por caso fortuito o fuerza mayor, razón por la cual lo procedente era aplicar, como lo hizo la Alzada, la consecuencia jurídica establecida en el artículo 151 eiusdem, esto es, el desistimiento de la acción por la incomparecencia del actor a la audiencia de juicio.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesderecho a la defensadebido procesoincomparecenciadesistimientoaudiencia de juicioLey Orgánica Procesal del Trabajojurisprudencia laboral