Sentencia N° 2503 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2503, Exp. 07-2058, 14/12/2007
Expediente07-2058
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana María Cristina Márquez Márquez contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Sucre. La Sala analizó si la decisión recurrida violaba normas de orden público o contravenía la jurisprudencia reiterada de la Sala. Tras el análisis, se concluyó que no existían violaciones que transgredieran el Estado de Derecho, por lo que se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Alega el recurrente que la decisión recurrida violó normas de orden público, al aceptar que la demandante además de no demostrar por ninguno de los medios probatorios existentes que fue objeto de despido injustificado ni que laboró horas extras durante la relación laboral, manifiesta que la empresa debió demostrar que no laboró horas extras durante la relación; además señala que contrarió diversas doctrinas jurisprudenciales de la Sala de Casación Social, causa Nº 2004-873, Douglas Wilfredo Díaz Amaro contra la empresa Daimlerchrysler Services Venezuela L.L.C., ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, y causa Nº 2002-620, María Catalina Urbina contra la empresa Expresos Los Andes C.A., lo cual luego de un análisis exhaustivo de la sentencia recurrida, y de los términos en que fue decidida la controversia, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual la recurrida no incurre en violaciones del orden legal establecido, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 17 de septiembre de 2007. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de que sea enviado al Juzgado correspondiente. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

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