Sentencia N° 250 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0250, Exp. 11-090, 17/03/2011
Expediente11-090
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-03-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Zulay Mariza Rodríguez Navas en un juicio de restitución de custodia. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que la impugnabilidad de las sentencias en materia de protección de niños, niñas y adolescentes está limitada a ciertos casos establecidos en la ley. En este caso, el recurso no era admisible según el artículo 489 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ya que se trataba de un juicio de restitución de custodia.

Extracto de la motiva

En materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la impugnabilidad de las sentencias mediante el recurso extraordinario de casación se encuentra limitada a los casos previstos en el artículo 489 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a saber: 1) Sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios en materia patrimonial, cuyo interés principal exceda de cien salarios mínimos nacionales; 2) Sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios en materia de estados familiares, capacidad de las personas y de establecimiento de un nuevo acto del estado civil. Asimismo se excluye el ejercicio de tal medio de impugnación en los siguientes casos: a) Contra sentencias interlocutorias que no pongan fin al juicio, las cuales quedan comprendidas en el recurso que se interponga contra la definitiva; b) Cuando se trate de pretensiones relativas a Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención, Régimen de Convivencia Familiar, acciones de protección, colocación familiar y en entidades de atención e infracciones a la protección debida. En el caso sub examine el Tribunal de alzada negó el recurso de casación anunciado por la parte actora, por tratarse de un juicio de restitución de custodia, en el cual no es admisible el recurso de casación conforme a lo dispuesto en el citado artículo 489, tal y como acertadamente resolvió la Juez Superior.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la parte actora contra el auto de fecha 8 de diciembre de 2010, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que negó el recurso de casación contra la sentencia publicada el 22 de noviembre de 2010 por el referido Juzgado. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho.

Palabras clave

custodianiñosadolescentescasaciónsentenciasprotección

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca