Sentencia N° 2496 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2496, Exp. 07-2111, 14/12/2007
Expediente07-2111
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión de la Alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación y la demanda, así como la reconvención. La Sala establece que el recurso es inadmisible debido a que la sentencia recurrida es impugnable en casación, incumpliendo así los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Ahora bien, cabe señalar que el presente recurso de control de la legalidad se solicita en contra de una sentencia definitiva emitida por un Juzgado Superior, el cual conoció en Alzada de un procedimiento de cobro de prestaciones sociales y daño moral, de cuyo escrito libelar se evidencia que la pretensión contenida en el mismo, fue estimada en SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 7.630.466,00) para las prestaciones y DOCE MILLONES DE BOLÍVARES por daño moral, para un total de DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 19.630.466,00). Así pues, una vez puntualizadas las anteriores características del fallo recurrido, sólo resta determinar si él mismo cumple con el requisito referido a la 'cuantía' necesaria para acceder al extraordinario recurso de casación, pues de ser afirmativo, la decisión estaría cumpliendo con todos los presupuestos exigidos por la ley para acceder a la sede casacional, y por ello, no tendría lugar el control de la legalidad solicitado, en razón de su inadmisibilidad cuando la sentencia puede ser impugnable en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 10 de julio de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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