Sentencia N° 247 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0247, Exp. 14-645, 18/03/2016
Expediente14-645
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaProtección de Niños, Niñas y Adolescentes
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-03-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Carmen Onilda Gómez Paz, ratificando la medida de colocación familiar a favor de su sobrino en su hogar. Se establece un régimen de convivencia familiar supervisado para el niño con sus progenitores, considerando las circunstancias de salud y seguridad de los involucrados. La sentencia enfatiza la importancia de la protección integral del niño y la necesidad de supervisión en las visitas familiares.
Extracto de la motiva
La ciudadana Carmen Onilda Gómez Paz, demandó que fuese dictada una medida de colocación familiar provisional bajo la modalidad de familia sustituta, en favor de su sobrino, cuya identidad es omitida, quien se encontraba de hecho bajo sus cuidados desde el 26 de mayo de 2012, cuando le fue entregado por los propios padres del mismo, quienes no lo fueron a buscar como de costumbre. En esta oportunidad pudo observar que el niño presentaba varias afecciones de salud que ameritaron atención médica. Alegó que los progenitores del niño no se encontraban aptos para ejercer la responsabilidad de crianza, toda vez que eran personas enfermas y que era ella quien actualmente se encontraba a cargo del niño por lo que la medida debía cumplirse en su hogar. Ambos codemandados contestaron la demanda negando, rechazando y contradiciendo la misma en todas y cada una de sus partes. Ahora bien, una vez valorado el material probatorio cursante en autos, ambas instancias acordaron a la demandante la medida solicitada, razón por la cual el recurso de control de la legalidad que ésta interpuso, estuvo limitado a un asunto de mero derecho, que solo afectó un aspecto de la sentencia recurrida como lo fue el atinente al régimen de convivencia familiar que fue fijado a los fines de restablecer los vínculos familiares del niño con su progenitora Aurisbel Jaimes Ortiz.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad incoado por la parte actora. SEGUNDO: Se ANULA la sentencia recurrida. TERCERO: CON LUGAR la demanda, en consecuencia se ratifica la medida de colocación familiar a favor del niño de autos en el hogar de su tía paterna, ciudadana Carmen Onilda Gómez Paz. CUARTO: Se ESTABLECE UN RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del niño, sus progenitores y la guardadora, en los términos supra especificados.
Palabras clave
colocación familiarrégimen de convivenciaprotección de niños