Sentencia N° 246 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0246, Exp. 15-1451, 18/03/2016
Expediente15-1451
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-03-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte codemandada Constructora Mandalas C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo. La Sala analizó los alegatos de la parte recurrente, que alegaba la infracción de normas de orden público y la falta de aplicación de diversas disposiciones legales en la decisión de la alzada. Tras un exhaustivo análisis, la Sala concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no incurrió en las violaciones alegadas. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, enfatizando que este tipo de recurso es excepcional y su admisibilidad está sujeta al cumplimiento de requisitos específicos establecidos en la ley. Finalmente, la Sala resolvió que no habría condena en costas dada la naturaleza de la decisión, y ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen.

Extracto de la motiva

Conforme se desprende de la norma contenida en la disposición legal supra transcrita el control de la legalidad se erige como el medio recursivo a través del cual las partes pueden impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar gravemente normas de orden público. Se trata, en definitiva, de ejercer, a instancia de parte, el control de la legalidad y justicia de dichos fallos, en aras de restablecer el mandato jurídico sustantivo o adjetivo del trabajo infringido, por lo que de verificarse que el fallo impugnado incurre en la violación o amenaza denunciada le corresponderá a este órgano jurisdiccional, anularlo y resolver el fondo del asunto, garantizando de este modo una justicia laboral accesible, breve, sencilla, transparente, oral, inmediata, sin formalismos ni reposiciones inútiles, conforme a los postulados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada Constructora Mandalas C.A., contra la sentencia de fecha 11 de noviembre de 2015, emanada del Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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