Sentencia N° 244 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 244, Exp. 03-557, 16/03/2004
Expediente03-557
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-03-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la demandante MARI DEL CARMEN CALDERÓN DE ACOSTA, tras la decisión del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de Lara que declaró inadmisible su recurso. La Sala determinó que la cuantía de la demanda no superaba el mínimo requerido para la admisión del recurso de casación, conforme a la normativa vigente en el momento de la decisión.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la decisión recurrida es una sentencia definitiva de última instancia en un procedimiento laboral, específicamente, cobro de diferencia de prestaciones sociales, de cuyo escrito libelar se evidencia, como ciertamente lo indicó el Juez Superior al negar el recurso de casación anunciado, que la pretensión contenida en el mismo, no supera la cantidad mínima exigida para la admisibilidad del recurso de casación, por lo que resulta necesario concluir que, contra dicha decisión es inadmisible el recurso extraordinario de casación y, en consecuencia, improcedente el recurso de hecho. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (accidental), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por el abogado Hugo Rodríguez Ovalles, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el pronunciamiento de fecha 09 de junio del año 2003, dictado por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, denegatorio a su vez del recurso de casación anunciado contra el fallo emanado del referido Juzgado Superior en fecha 30 de abril del mismo año.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacioninadmisibilidadcuantiasentencia laboralderecho laboraljusticiatribunal