Sentencia N° 243 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de junio de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 243, Exp. 11-365, 15/06/2023
Expediente11-365
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-06-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de junio de 2023, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) contra la decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario que había declarado procedente la medida cautelar de suspensión de los efectos de un acto administrativo. La apelación se fundamentó en la falta de consignación de la caución exigida y en la ausencia de los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, como el fumus boni iuris y el periculum in mora.
El Tribunal constató que la decisión recurrida no analizó adecuadamente los elementos fundamentales para decretar la medida de suspensión de efectos del acto administrativo, lo que llevó a la anulación del fallo y a la revocación de la medida cautelar. La sentencia resalta la importancia de cumplir con los requisitos legales establecidos para la procedencia de medidas cautelares en el ámbito agrario, así como la necesidad de considerar los intereses colectivos en conflicto.
Finalmente, el Tribunal ordenó la remisión del expediente al tribunal de la causa para los fines legales correspondientes, sin condena en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
motivaciones que consideró el Instituto Nacional de Tierras para tomar una determinación (…) las tierras han estado siempre productiva”.(Sic) Expone además que “la Medida Cautelar de Aseguramiento violenta el Debido Proceso por estar Viciado de Falso Supuesto de hecho y de derecho (…) no se dan ninguno de los elementos que establece la ley, la Doctrina como la Jurisprudencia para dictar el RESCATE (…).” Señala que “la medida cautelar de aseguramiento viciada de nulidad con motivo de la violación del artículo 85 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (…) por no dar cumplimiento a los requisitos de procedibilidad (…) establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil (…).” Indica que “se evidencia de la inspección judicial practicada en fecha 10/08/2010 (sic) (…) el carácter productivo desplegado en dicho predio (…) cumpliendo con los objetivos (…) de la Ley de Tierras (…).”
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI) contra la decisión de fecha 19 de enero de 2011, emanada del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; TERCERO: SE REVOCA la medida de suspensión de efectos decretada.
Palabras clave
nulidadmedida cautelarsuspensión de efectosInstituto Nacional de Tierrasagroalimentaria