Sentencia N° 243 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0243, Exp. 05-025, 07/04/2005
Expediente05-025
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa GUATIRE TEXTIL, S.A. contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, ya que la parte recurrente podía interponer un recurso de casación en lugar del control de la legalidad, dado que la cuantía lo permitía. Se argumentó que el recurso de control de la legalidad no puede ser utilizado como sustituto del recurso de casación.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, contempla como medio de impugnación excepcional el recurso de control de la legalidad; en tal sentido, establece que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún cuando no fueren recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Además de ello, la Sala estableció en sentencia N° 87 de fecha 20 de febrero de 2004, que este medio de impugnación excepcional abre la posibilidad de denunciar la falta de acatamiento de un criterio jurisprudencial reiterado, no obstante, no puede fundamentarse el recurso en alguna violación propia de ser denunciada en sede casacional, ello en razón de que ese no es el objeto del mismo y además, dentro de las causales de inadmisibilidad se encuentra el que los fallos contra los que se solicita el control de la legalidad no sean impugnables en casación, y por lo tanto, no es dable utilizar ese recurso como sustituto del extraordinario de casación.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, empresa mercantil GUATIRE TEXTIL, S.A, contra la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2004, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial respectiva. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de control de la legalidadindemnizaciónaccidente de trabajoinadmisionLey Orgánica Procesal del Trabajojurisprudenciaderecho laboral