Sentencia N° 242 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de marzo de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0242, Exp. 17-483, 22/03/2018
Expediente17-483
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-03-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Instituto de Salud Pública del Estado Bolívar, argumentando que la parte demandada no agotó el recurso ordinario de apelación. La sentencia confirmatoria del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo fue dictada en consulta obligatoria, y se resalta que el Tribunal tiene la competencia para decidir sobre la admisibilidad del recurso de casación, revocando el auto de admisión si es contrario a derecho.
Extracto de la motiva
De acuerdo con la doctrina reiterada de esta Sala, al Tribunal Supremo de Justicia le compete decidir, en último término, acerca de la admisibilidad del recurso de casación propuesto, no obstante la admisión que hubiese realizado la instancia. En tal caso podrá revocarse el auto de admisión si se encontrase contrario a derecho, y declararse inadmisible el recurso interpuesto. En el caso sub examine revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, observa esta Sala que conociendo por consulta obligatoria establecida en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, confirmó el fallo dictado el 28 de junio de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, que declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta. Ahora, la Sala considera necesario resaltar los siguientes aspectos: Dispone el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República lo siguiente: Por los razonamientos antes expuestos, el recurso de casación anunciado por la representación judicial del Instituto de Salud Pública del Estado Bolívar, contra la sentencia dictada el 24 de marzo de 2017, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, es inadmisible por carecer de legitimidad. Así de decide.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la parte demandada INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLIVAR, contra la sentencia publicada el 24 de marzo de 2017, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, REVOCA el auto proferido el 9 de mayo de 2017, por el referido juzgado, mediante el cual admitió el recurso de casación anunciado por la accionada.
Palabras clave
recurso de casaciónlegitimidadsentenciatrabajojurisdicciónprocuraduría
Normas citadas
Artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
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