Sentencia N° 2413 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2413, Exp. 07-1915, 07/12/2007
Expediente07-1915
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-12-07
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de diciembre de 2007, declaró perecido el recurso de casación anunciado por los ciudadanos Lino Romero y otros, debido a que no fue formalizado dentro del lapso legal establecido. La sentencia de alzada, que confirmaba la decisión del Juzgado Primero Superior, había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte demandante. La Sala enfatizó la importancia de cumplir con los requisitos formales para la formalización del recurso de casación, señalando que la falta de presentación del escrito correspondiente dentro del plazo conlleva a la perención del mismo.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 24 de septiembre de 2007. Ahora bien, el demandante anunció recurso de casación, oportunamente, el 19 de julio de 2007 pero no lo formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 24 de septiembre de 2007, sin que se consignara el escrito correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado y no formalizado por la representación judicial de los ciudadanos Lino Romero, Ubenzo Díaz, Celso Pacheco, Francisco Tovar y José Rafael Duran contra la decisión publicada el 15 de junio de 2007 por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónperenciónformalizacióntrabajolegislación laboralderechos laboralesprocedimientojusticia