Sentencia N° 2409 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de diciembre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2409, Exp. 07-2097, 07/12/2007
Expediente07-2097
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-12-07
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Rafael Antonio Chirinos Sánchez contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a que la parte actora no formalizó el mismo dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso de casación, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. En ese sentido, el artículo 171 eiusdem, prevé un lapso de (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata, que el mismo comenzó a correr en fecha veintidós (22) de septiembre de 2007, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se confieren para el anuncio, y venció el día diecinueve (19) de octubre del mismo año, incluido el término de la distancia correspondiente.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia de fecha 14 de agosto de 2007, proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casaciónperecimientoLey Orgánica Procesal del Trabajojuzgado superiorparte actoraparte demandada

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