Sentencia N° 240 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de mayo de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 240, Exp. 24-217, 25/05/2026
Expediente24-217
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-05-25
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandada, Carlos Aly Guerrero Omaña, debido a la falta de formalización del mismo. La decisión se basa en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que establece que el recurso se considera perecido si no se presenta el escrito de formalización en el plazo establecido. La sentencia de alzada había confirmado una decisión anterior del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio, que había declarado parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la parte actora. A pesar de que el recurso fue anunciado, no se formalizó, lo que llevó a la Sala a declarar su perecimiento y condenar en costas a la parte demandada. La Sala estuvo reconstituida por el Presidente Dr. Elías Rubén Bittar Escalona, la Vicepresidenta Dra. Eneida Alexandra Moreno Pérez y el Magistrado Dr. Edelio Isabel González Díaz, quienes decidieron en base a las consideraciones legales pertinentes.

Extracto de la motiva

Sobre la base de lo antes expuesto, al no haber consignado la parte recurrente el escrito de formalización, esta Sala de Casación Social declarará perecido el recurso de casación anunciado por la apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano Carlos Aly Guerrero Omaña, de conformidad con lo previsto en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada, ciudadano CARLOS ALY GUERRERO OMAÑA, contra la sentencia dictada el 26 de marzo de 2024, por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.

Palabras clave

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