Sentencia N° 24 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de febrero de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 024, Exp. 25-422, 25/02/2026
Expediente25-422
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-02-25
DecisiónConcluida la sustanciación del recurso de casación

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un caso de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión del Tribunal Superior del Trabajo de declarar sin lugar el recurso de apelación fue confirmada, y se concluyó la fase de sustanciación del recurso de casación, entrando el asunto en estado de fijación de audiencia. Se destaca que la parte demandada cumplió con los plazos establecidos para la formalización del recurso.

Extracto de la motiva

En sintonía con lo anterior, debe destacarse que conforme a lo previsto en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil -precepto legal que armonizado con las decisiones de este máximo Tribunal-, el término de la distancia deberá fijarse y calcularse al inicio del lapso procesal que se concede para presentar la formalización, cuyo cálculo deberá ser aplicado por días calendarios consecutivos (véase s. S.C. N° 319 del 9 de marzo de 2001). Por lo tanto, y visto que la sentencia recurrida se profirió en la ciudad de San Felipe, estado Yaracuy, corresponde en la presente causa un lapso de tres (3) días continuos por término de la distancia. Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto de fecha 18 de julio de 2025, el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, sede San Felipe, admitió el recurso de casación anunciado por la parte demandada el 11 de julio de 2025; enfatizando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el 17 de julio de 2025, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuyo auto la Secretaria de la Sala, hace constar que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, más el término de la distancia, comenzó a transcurrir según se desprende del auto de admisión, el día viernes 18 de julio de 2025, día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo, y venció el día sabado 9 de agosto de 2025. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día lunes 11 de agosto de 2025 -primer día hábil siguiente-, denotándose que la parte demandada recurrente presentó su escrito de formalización el 31 de julio de 2025, razón por la que se considera que lo consignó dentro de la oportunidad procesal correspondiente. Asimismo, el lapso para que la contraparte contestare o impugnare mediante escrito contentivo de los argumentos que, a su juicio, contradigan los alegatos del formalizante feneció en fecha jueves 2 de octubre de 2025, verificándose a los autos que la parte demandante, no presentó ni por sí, ni por medio de representación judicial alguna el escrito de impugnación correspondiente. A tal efecto, deberá considerarse lo previsto en la Resolución Nro. 2025-0017 de fecha 6 de agosto de 2025, emanada de la Sala Plena de este Alto Tribunal, en el cual se expresó lo siguiente: “Ningún tribunal despachará desde el 15 de agosto de 2025 hasta el 15 de septiembre de 2025 (ambas fechas inclusive)”. (…). “Durante ese período (…), no correrán los lapsos procesales”.

Dispositiva

CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado.

Palabras clave

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