Sentencia N° 2394 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2394, Exp. 06-1449, 28/11/2007
Expediente06-1449
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2007-11-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada en un procedimiento de calificación de despido. La sentencia de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación, revocando la decisión de primera instancia que había declarado la perención de la instancia. La Sala determinó que la parte actora no realizó actos procesales que interrumpieran el lapso de un año, lo que llevó a declarar la perención de la instancia y la extinción del proceso.
Extracto de la motiva
En razón a lo antes expuesto, debe forzosamente esta Sala declarar la infracción por la recurrida del artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no haber declarado la perención de la instancia, por haber transcurrido más de un año sin que la parte actora realizara actuación alguna en el proceso, por la que esta Sala resuelve con lugar el presente medio excepcional de impugnación. En consecuencia, anula el fallo recurrido y de conformidad con lo establecido en el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a pronunciarse sobre el fondo de la controversia, en los siguientes términos: Esta Sala mediante fallo Nº 825, de fecha 28 de julio del año 2005, con relación a la perención de la instancia señaló lo siguiente: Como se observa, la norma citada consagra dos supuestos en que opera la extinción de la instancia, a saber, aquel caso en que, antes de comenzar el lapso para sentenciar, las partes no realizan ningún acto de procedimiento durante un año, y aquel otro en que, después de vista la causa -esto es, encontrándose el proceso en etapa de sentencia-, no hay actividad de parte o del juez, durante el mismo período de un año. Se consagran, por tanto, dos supuestos, que se diferencian en virtud del sujeto cuya actuación en el proceso impide que opere la perención, al darle el impulso necesario para su continuación.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 7 de julio del año 2006 emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro; 2°) En consecuencia, NULO el referido fallo; y 3°) PERIMIDA la instancia y EXTINGUIDO el proceso que por calificación de despido sigue el ciudadano JOSÉ LUIS PARTIDAS ZAVALA contra PDV MARINA, S.A.
Palabras clave
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