Sentencia N° 239 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de marzo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0239, Exp. 11-128, 04/03/2011
Expediente11-128
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-03-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria, dictó sentencia en el recurso de nulidad interpuesto por Germán Eloy Astorga Arias contra el Instituto Nacional de Tierras. La Sala consideró que el Juzgado Superior Cuarto Agrario había cometido un error al declarar inadmisible el recurso de apelación, ya que el apelante había fundamentado adecuadamente su recurso conforme a lo establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Por lo tanto, se declaró con lugar el recurso de hecho propuesto y se ordenó al tribunal inferior escuchar la apelación en ambos efectos.
Extracto de la motiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el auto proferido por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 13 de enero de 2011; SE REVOCA el precitado auto, y SE ORDENA al ya nombrado tribunal superior escuchar en ambos efectos la apelación propuesta, contra la sentencia definitiva de fecha 20 de diciembre de 2010, emanada de este tribunal.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el auto proferido por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 13 de enero de 2011; SE REVOCA el precitado auto, y SE ORDENA al ya nombrado tribunal superior escuchar en ambos efectos la apelación propuesta, contra la sentencia definitiva de fecha 20 de diciembre de 2010, emanada de este tribunal.