Sentencia N° 239 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0239, Exp. 04-1520, 07/04/2005
Expediente04-1520
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por María Lugo Portillo, en su carácter de accionista de Marina del Zulia, S.A., contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala argumenta que el recurso no fue interpuesto correctamente, ya que no se solicitó contra la decisión del Juzgado de Juicio que conoció del recurso de invalidación, lo que lleva a declarar inadmisible el recurso. No se impone condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

Las sentencias emanadas en un recurso de invalidación ponen fin al recurso extraordinario y de conformidad con el artículo 337 del Código de Procedimiento Civil tienen casación de inmediato, si cumplen con los requisitos de admisibilidad. Al respecto, nada consagra la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues, el artículo 178 eiusdem establece que el recurso de control de la legalidad puede solicitarse contra las sentencias dictadas por el Juzgado Superior del Trabajo, que no sean recurribles en casación. De una interpretación literal de la norma, en principio, el recurso de control de la legalidad sólo puede intentarse contra las decisiones emanadas de los Juzgados Superiores del Trabajo, lo cual no es del todo cierto, pues la intención y voluntad del Legislador no fue la de limitar el ejercicio de dicho medio de impugnación sólo a éstas decisiones, sino también permitirlo, contra las decisiones de última instancia que pongan fin al proceso, aun cuando éstas no emanen de un Tribunal Superior del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 25 de agosto de 2004, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

recurso de control de la legalidadsentenciainadmisibilidadtrabajojurisdiccióncódigo de procedimiento civillegisladordecisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca